
Retiro de hasta el 25% del fondo de pensiones de la AFP
El 01 de mayo de 2020, se oficializó en el periódico oficial El Peruano la Ley 31017, promulgada por el Congreso de la República, estableciendo la facultad de los afiliados a la AFP de retirar hasta el 25% de su fondo de pensiones.
OBJETO
La presente ley tiene por objeto establecer medidas extraordinarias para aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional en el año 2020, contrarrestando los efectos económicos negativos generados por el estado de emergencia nacional a consecuencia del Covid-19.
RETIRO EXTRAORDINARIO DE FONDOS EN EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP)
1. Los afiliados al SPP, podrán retirar de forma voluntaria y extraordinaria hasta el 25% del total de sus fondos, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 3 UIT (S/ 12 900) y como monto mínimo 1 UIT (S/ 4 300).
2. La entrega de los fondos se efectuará de la siguiente manera:
a)50% en un plazo máximo de 10 días calendarios después de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado.
b)50% a los 30 días calendarios computados a partir del primer desembolso al que se refiere el literal anterior.
3. En el caso de que el afiliado tenga un fondo acumulado igual o menor a 1 UIT (S/ 4 300), el retiro será del 100% y en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendarios después de presentada la solicitud ante la AFP.
4. La solicitud de retiro del dinero se presentará ante la AFP de manera remota, virtual o presencial. El plazo máximo para presentar la solicitud de retiro es de 60 días calendarios de publicado el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).
5. La SBS determinará el procedimiento operativo para el cumplimiento de la presente norma, en un plazo que no excederá de 15 (quince) días calendarios de publicada la ley.
CONCLUSIONES
- El retiro máximo del fondo de pensiones de la AFP es de S/ 12 900 y el monto mínimo es de S/ 4 300.
- Si el afiliado tenga un fondo acumulado igual o menor a S/ 4 300 el retiro será del 100% y en un solo desembolso.
- Es necesario presentar la solicitud de retiro a la AFP donde tenemos nuestros aportes, de manera remota, virtual o presencial.
- El tiempo máximo para que la AFP realice el desembolso es de 10 días calendarios, después de presentada la solicitud.
- La SBS presentará el reglamento de la presente norma en un plazo no mayor a 15 días de publicada esta ley, es decir hasta el día 16 de mayo del 2020.
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